Actividad empresarial e Inspección de trabajo y de Seguridad Social

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¿Qué es una inspección de trabajo?. Se trata de un proceso llevado a cabo por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, servicio público, para vigilar el cumplimiento de las normas de orden social. Es la autoridad competente para exigir las responsabilidades que se deriven, así como para imponer las sanciones correspondientes.

La inspección de trabajo se encuentra regulada en la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

 

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¿Quién puede ser sujeto de una inspección de trabajo?

 

Conforme al artículo 19 de la Ley 23/20105, el ámbito de actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social es extenso. Pudiendo ser sujeto de una inspección las personas físicas y jurídicas, públicas o privadas, las comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, en cuanto sujetos obligados o responsables que sean del cumplimiento de las normas del orden social.

Una inspección de trabajo puede afectar a cualquier empresa o autónomo que cuente con trabajadores contratados en su plantilla. La actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ejerce en los centros de trabajo. Y en general, en los lugares en que se ejecute la prestación laboral.

 

¿A qué se debe la inspección de trabajo?

 

Cualquier empresa puede recibir la visita del inspector de trabajo en el lugar o centro de trabajo como consecuencia de una denuncia de inspección de trabajo presentada contra la empresa (denuncia a la inspección de trabajo) por una persona que ha advertido a la Administración Pública de la vulneración de la Ley en materia laboral. No siempre la denuncia presentada contra la empresa culmina en una inspección de trabajo. Por ejemplo, no se tramitan o se desestiman y se archivan las denuncias que se refieran a materias cuya vigilancia no corresponda a la Inspección de Trabajo. Las que tengan defectos o insuficiencias de identificación que no hayan sido subsanadas en el plazo establecido para ello. O bien las que manifiestamente carezcan de fundamento.

La inspección de trabajo también puede realizarse de forma rutinaria, sin que sea necesaria la formalización de denuncia previa. 

 

¿Cuáles son las facultades del inspector de trabajo?

 

En el ejercicio de sus funciones y conforme al procedimiento establecido, el inspector puede entrar y permanecer libremente, en cualquier momento y sin previo aviso, en todo centro de trabajo, establecimiento o lugar sujeto a inspección. Pero, si el centro sometido a inspección coincidiese con el domicilio de una persona física, el inspector de trabajo deberá obtener su expreso consentimiento. O en su defecto, la autorización judicial que corresponda.

La Ley 23/2015 concede amplias facultades de actuación al inspector de trabajo, entre otras:

  • Requerir información, sólo o ante testigos, al empresario o al personal de la empresa. Así como a exigir la identificación o razón de su presencia, de las personas que se encuentren en el centro de trabajo inspeccionado.
  • Poder exigir la comparecencia del empresario o de sus representantes y encargados, de los trabajadores…, en el centro objeto de la inspección o en las oficinas públicas designadas por el inspector.
  • Examinar en el centro de trabajo todo tipo de documentación para la verificación del cumplimiento de la legislación del orden social: libros, registros, calendario laboral, incluidos los programas informáticos y archivos en soporte magnético, declaraciones oficiales y contabilidad; documentos de inscripción, afiliación, alta, baja, justificantes del abono de cuotas o prestaciones de Seguridad Social; documentos justificativos de retribuciones; documentos exigidos en la normativa de prevención de riesgos laborales.

El inspector de trabajo está facultado para requerir la presentación de dicha documentación en las oficinas públicas correspondientes.

La empresa deberá tener cautela en no realizar ninguna acción u omisión de obstrucción a la labor del inspector, so pena de calificarse como infracciones leves, graves y muy graves, en atención a la naturaleza del deber de colaboración infringido. 

 

¿Cuáles son las medidas que derivan de la inspección de trabajo?

 

Una vez finalizada la tarea inicial de comprobación, el inspector de trabajo puede adoptar las medidas previstas en el artículo 22 de la Ley 23/2015. Son muchas las medidas susceptibles de adoptarse en función de cada supuesto. Se hará mención aquí exclusivamente a las siguientes:

Como actuación previa a la incoación del procedimiento sancionador, el inspector de trabajo podrá requerir a la empresa para que, en el plazo determinado, adopte las medidas en orden al cumplimiento de la normativa de orden social. O subsane las deficiencias observadas en materia de prevención de riesgos laborales.  

El Inspector podrá iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción, o infracción por obstrucción.

En tal caso, es muy importante verificar el contenido de dichas actas de infracción. Las cuales gozan de la presunción de certeza, salvo prueba en contrario.

En consecuencia con ello, es importante revisar el contenido de las actas extendidas, la información que contiene las mismas. Y formular la alegaciones oportunas en el plazo concedido. 

 

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